Que Es Un Contrato Por Obra?
El contrato por obra y servicio es un acuerdo temporal mediante el cual podrás contratar a un trabajador para que lleve a cabo un servicio concreto dentro de la empresa o una obra determinada. Pese a que la duración de este servicio no será indefinida, no se sabe cuándo va a finalizar.
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¿Cuánto tiempo se puede estar con contrato fin de obra?
¿Qué duración tiene un contrato por obra y servicio? – La duración del contrato por obra y servicio dependerá directamente del tiempo necesario para completar la obra o servicio al que se refiera. Dado que la duración indeterminada de la obra o servicio es un requisito de este tipo de contrato, en él no puede incluirse una fecha concreta de finalización, aunque sí una fecha orientativa.
- Se trata, por tanto, de un contrato temporal, y no indefinido,
- Sin embargo, existe un límite de duración para el contrato por obra y servicio: la regla general es que el contrato por obra y servicio no podrá durar más de 3 años.
- Si, transcurridos estos 3 años, no se ha cumplido con el objeto del contrato, se podrá ampliar hasta 12 meses más por convenio colectivo,
Tras ese nuevo periodo, el contrato de obra o servicio se convertirá en contrato indefinido.
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¿Qué es el trabajo de obra?
La mano de obra es el esfuerzo físico y mental que emplea un técnico para fabricar, mantener o reparar un bien, en particular una máquina. El concepto también se utiliza para nombrar a la remuneración de este trabajo, es decir, el precio que se le paga al técnico.
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¿Qué desventajas tiene un contrato de obra y labor?
Existen dudas sobre qué es lo que realmente significa que a una persona la contraten por la modalidad llamada obra o labor. Los interrogantes aparecen porque no es un contrato a término fijo, pero tampoco es un término indefinido, Según la abogada María Yolanda Chaustre, un contrato por obra o labor es aquel en virtud del cual se contrata a un trabajador para desarrollar una labor determinada.
- Por ejemplo, en la parte de producción de televisión y de novelas, a algunos trabajadores los contratan bajo esta modalidad.
- Las personas cuentan con todas las prestaciones sociales mientras están desarrollando el proyecto.
- Si el producto termina, de igual manera, se da por finalizado el contrato.
- Chaustre asegura que las ventajas que tiene una persona contratada por obra o labor son que puede organizar y planear otras actividades con mayor facilidad.
En contraparte, “la desventaja de este tipo de contrato se puede encontrar en la duración en la razón a que la labor encomendada puede demorar más del tiempo establecido y genera al trabajador incertidumbre respecto a la terminación del contrato”. La empresa se puede beneficiar con este tipo de contrato porque puede hacer una planeación administrativa de la carga prestacional.
Alexander Ruíz Palacio, ingeniero de proyectos en Oil & Gas Industry, afirma que este tipo de contrato, por lo general, aplica más para proyectos porque tienen un inicio y un fin claros. Ruíz dice que para las empresas este tipo de contrato les evita compromisos adicionales como los que tienen empleados con contratos indefinidos.
Además, aseguran recursos temporales sin comprometer presupuestos para recursos a largo plazo. Al margen de lo anterior, este tipo de contrato puede generar poco sentido de pertenencia, ya que el trabajador generalmente entiende que no va a permanecer por mucho tiempo en la compañía.
- ‘Ojo’ a los datos – El uso indebido de este contrato puede generar riesgos laborales que pueden impactar económicamente a las empresas.
- Es importante que las condiciones de la obra o labor que desarrollará el trabajador quede por escrito.
- Ten en cuenta que aquí también puede haber un periodo de prueba, que no podrá exceder de dos meses o de lo que se estima será la quinta parte de la obra o labor a desarrollar.
– La terminación sin justa causa de este contrato da lugar al pago de una indemnización que se estima en el tiempo que falta para cumplir la obra contratada (no puede ser inferior a 15 días). Registra tu hoja de vida en nuestro portal y hazte a un excelente empleo Comprando elempleo VIP puedes destacar tu hoja de vida sobre las demás Pablo Alejandro Alzate [email protected]
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¿Cómo se finaliza un contrato de obra?
8. ¿Qué ocurre si la empresa no me notifica que ha finalizado la obra o servicio? – Terminada la obra o servicio, la empresa deberá notificar la finalización con 15 días de antelación, cuando la duración del contrato sea superior a 1 año. Si la empresa no hace este preaviso, automáticamente adquieres la condición de trabajador fijo.
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¿Cómo terminar un contrato por obra?
¿Qué causales de despido son procedentes para poner término a un contrato por obra o faena? – Conforme a la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo, un contrato por obra o faena determinada tiene como causa natural de término la conclusión de la obra o servicio para el cual fue contratado el trabajador, sin perjuicio que puede terminar también por otras causales contempladas en el Código del Trabajo.
Conforme a la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo, contenida en dictamen 2389/100 del 08/06/2004, un contrato por obra o faena determinada tiene como causa natural de término la conclusión de la obra o servicio para el cual fue contratado el trabajador, sin perjuicio que puede terminar por otras causales contempladas en el Código del Trabajo.
Lo anterior, determina entonces que la causal de término específica que en este tipo de contratos puede invocar el empleador, es la prevista en el artículo 159, Nº 5 del Código del Trabajo, esto es, la conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
No obstante que también se pueden invocar las demás causales imputables al trabajador, dispuestas en el artículo 160 del Código del Trabajo. Además se puede poner término por otras causales del artículo 159, tales como mutuo acuerdo; renuncia; muerte del trabajador y caso fortuito o fuerza mayor; por la causal de necesidades de la empresa, dispuesta en el artículo 161 del Código del Trabjo y finalmente por la causal del artículo 163 bis del mismo Código, que regula el término del contrato de trabajo en caso que el empleador fuere sometido a un procedimiento concursal de liquidación.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 159, 160, 161 y 163 bis; Dirección del Trabajo, Dictamen 2389/100 de 08/06/2004) Última modificación: 07/10/2021
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¿Cómo se termina un contrato de obra?
Terminación del contrato de trabajo por obra o labor. – El contrato de trabajo por obra o labor puede ser terminado por causa justa o legal, o unilateralmente si justa causa. Se terminará justamente por parte del empleador cuando:
- Finalice la obra contratada.
- El trabajador incurra en una justa causa para la terminación del contrato.
¿Cuántas veces se puede renovar un contrato de fin de obra?
Duración y prórroga del contrato. – El Estatuto de los Trabajadores establece que la duración máxima de este contrato será de seis meses en un periodo de doce meses. Ahora bien, el convenio colectivo sectorial de aplicación a la relación laboral, puede ampliar dicha duración máxima, sin que en ningún caso el contrato pueda superar el año de duración en un periodo de dieciocho meses.
- No obstante, en los contratos temporales realizadas por una necesidad conocida, los contratos no podrán superar la duración de los 90 días naturales no consecutivos en el año natural.
- Una cuestión fundamental en este caso, es que el límite de 90 días no es por contrato de trabajo, sino que es un límite que se le impone a la empresa de forma que no puede utilizar este contrato con varios trabajadores si superan los 90 días.
Por último, además de lo indicado anteriormente que es el plazo establecido para este contrato, existe otro límite general para la concatenación de contratos temporales es decir, contratos eventuales o de obra o servicio. Tras la reforma laboral, este límite se ha reducido siendo actualmente de 18 meses en un periodo de 24 meses, además de incluir a todos los contratos, ya sea de sustitución o de formación.
- Por ejemplo, si se realiza un contrato temporal de un año, si se realiza un contrato de sustitución cuya duración supera los seis meses obligatoriamente la persona trabajadora adquiriría la condición de indefinido.
- Esta cuestión la explicamos de manera más amplia en este artículo En cuanto a la posibilidad de prórrogas del contrato, si el contrato se concierta por un plazo inferior a la duración máxima legal, o a la que indica el convenio colectivo, podrá prorrogarse una única vez por el acuerdo de las partes, sin que pueda exceder la duración máxima anteriormente indicada.
Si finaliza el periodo del contrato de trabajo, o excede los límites legales, y el trabajador continúa realizando la prestación laboral el contrato será considerado indefinido.
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¿Qué pasa con los contratos de obra y servicio con la nueva reforma laboral?
La reforma laboral elimina el contrato por obra o servicio Uno de los cambios más importantes que conlleva la que entró en vigor a finales del 2021 con el, es la desaparición del contrato por obra o servicio. La nueva normativa parte de la premisa de que, en términos generales, los contratos de trabajo deben ser indefinidos.
Esto significa que la contratación temporal tiene que ser excepcional y debe justificada. En este sentido, se plantean las excepciones de los casos en los que se celebran contratos por circunstancias de la producción o por sustitución de otra persona trabajadora. Este tipo de relación contractual es temporal y hasta ahora servía para contratar a una persona para una tarea o servicio determinado, sin especificar la duración ni momento exacto de finalización.
Se trata, por lo tanto, de un tipo de contrato muy empleado en el tercer sector, a veces, por ejemplo, vinculado a un proyecto concreto que se desarrolla gracias a una subvención o ayuda. En este recurso se hace un repaso a los principales cambios que conlleva la reforma laboral en referencia al contrato por obra o servicio.
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