Que Son Las Clausulas De Un Contrato?
¿Qué es exactamente una cláusula contractual? – La forma más sencilla de visualizar una cláusula contractual es entenderla como una sección escrita en la que se requiere la realización de una actividad dentro de la legalidad. En otras palabras, una cláusula contractual es una sección única que aborda una necesidad, privilegio, derecho, plazo o deber específicos.
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¿Cómo se clasifican las cláusulas de un contrato?
El contenido del contrato – El contenido del contrato hace referencia a las cláusulas que debe contemplar el acuerdo negocial, las cuales según el artículo 1500 del Código Civil se clasifican en esenciales, accidentales y naturales.
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¿Cuántas cláusulas tiene que tener un contrato?
Todos los contratos de trabajo tienen dos partes: cláusulas obligatorias, comunes a todos los documentos de este tipo, y cláusulas adicionales, que son las específicas de cada puesto. Como hemos visto, cualquier contrato debe ajustarse a derecho. Esto significa que las cláusulas abusivas son ilegales.
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¿Qué cláusulas minimas debe tener un contrato?
Las cláusulas mínimas son: 1. Lugar y fecha del contrato ; 2. Individualización de las partes con indicación de la nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso del trabajador; 3. Determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse; 4.
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¿Cuáles son las cláusulas naturales?
Cláusulas naturales : Son las cláusulas que pueden ser suplidas o complementadas por la ley. La ley considera implícitas en los contratos una serie de cláusulas derivadas de las normas que se aplican supletoriamente al contrato por que dependen de su tipo o naturaleza (saneamiento y evicción).
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¿Cuáles son las cláusulas dentro de un contrato comercial?
Octubre 22, 2019 El contrato comercial es el acuerdo de dos o ms partes para constituir, regular o extinguir entre ellas una relacin jurdica patrimonial, y, salvo estipulacin en contrario, se entender celebrado en el lugar de residencia del proponente y en el momento en que ste reciba su aceptacin de la propuesta.
Mercantiles ( Art.20, numeral 19) Compaa Mercantil ( Art.98 ) Compraventa Mercantil ( Art.905 ) Suministro ( Art.968 ) Seguro ( Art.1036 ) Mandato Comercial ( Art.1262 ) Comisin ( Art.1287 ) Agencia Comercial ( Art.1317 ) Transporte Terrestre ( Art.1597 ) Fletamento ( Art.1667 ) Depsito ( Art.2236 del Cdigo Civil ) Factoring ( Art.2 Decreto 2669 de 2012 ) Leasing ( Art.2, del Decreto 1787 de 2004 ) Mutuo comercial o prstamo de consumo ( Art.2221 del Cdigo Civil )
Que es una Clusula en el Contrato Comercial? Las clusulas del contrato comercial, son aquellas sin las cuales el contrato no produce ningn efecto o degenera en otro diferente. Algunas pueden pertenecer al contrato sin necesidad de que las partes lo expresen, qu son las clusulas naturales y otras que no siendo esenciales ni naturales las partes agregan al contrato, son las llamadas clusulas accidentales. Nuestros abogados especialistas en casos de contrato mercantil en Colombia, le pueden colaborar en dicho proceso de registro. Comunquese con nuestra firma a travs del siguiente formulario de contacto o llame al 310 5706331, Sguenos en Facebook como Jurdicos Comerciales y en Twitter como JComerciales,
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¿Qué pasa si un contrato no tiene cláusulas?
¿Qué es un contrato civil? Un contrato es el acuerdo de dos o más personas para producir o transferir obligaciones y derechos. ¿Qué es un convenio? Un convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.
¿Es lo mismo un contrato civil que un convenio? El convenio en sentido general es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. El contrato es el acuerdo de dos o más personas al igual que en el convenio, pero en este caso ese acuerdo de voluntades se da para producir o transferir obligaciones y derechos.
En la práctica ambos términos se usan como sinónimos sin embargo, existe la afirmación que dice “los contratos son convenios, pero no todos los convenios son contratos”. Los convenios son el género, los contratos son la especie. ¿Cuáles son los elementos esenciales de los contratos? Los contratos tienen elementos esenciales, es decir, es necesario que estos elementos se presenten ya que de lo contrario los contratos serán inexistentes, no nacerán a la vida jurídica y por ende no producirán efectos legales.
- Estos elementos son: el consentimiento y el objeto que pueda ser materia del contrato.
- ¿Qué es el consentimiento en los contratos? El consentimiento es uno de los elementos de existencia del contrato, se refiere a la manifestación de la voluntad de las partes para la celebración del contrato.
- El consentimiento es el acuerdo de dos o más voluntades para la celebración del contrato.
¿Cómo puede manifestarse el consentimiento en los contratos? El consentimiento puede ser expreso o tácito. La partes pueden manifestar su voluntad de celebrar el contrato de forma expresa esto es, de forma verbal, por escrito, por medios electrónicos, ópticos, por cualquier tecnología o por signos inequívocos.
Por ejemplo, cuando las partes celebran un contrato, plasmando su voluntad en un documento y firmando, o bien, cuando un contrato de prestación de servicios se encuentra en el sitio de Internet del prestador de servicios y el usuario hace clic (presiona) en el botón de aceptar los servicios y paga los honorarios.
O bien la expresión de la voluntad de las partes puede realizarse de forma tácita, es decir mediante hechos o actos que presupongan el consentimiento. Por ejemplo, en un contrato de arrendamiento existente, al llegar la fecha de vencimiento del contrato, el arrendador no solicita la entrega del bien arrendado y el arrendatario continúa pagando las rentas, existe un consentimiento tácito de continuar con el contrato de arrendamiento.
¿Qué pasa si una persona es engañada, golpeada o amenazada para que manifieste su consentimiento de celebrar un contrato? Si una persona celebra un contrato porque fue inducida a caer en un error, fue víctima de la mala fe o bien fue golpeada o amenazada poniendo en peligro su vida, honra, libertad, salud, sus bienes, de su cónyuge, de sus padres, hijos u otros parientes, el consentimiento no será válido, ya que fue dado de manera viciada.
Se habla de vicios del consentimiento. Por ejemplo, cuando una persona firma un contrato de compraventa de un inmueble porque fue obligada mediante amenazas a hacerlo, el consentimiento dado por esa causa, no es válido. Esto es, el contrato estará afectado de nulidad absoluta,
- ¿Qué es el objeto en los contratos? El objeto en los contratos es la cosa que el obligado debe dar, o el hecho que el obligado debe hacer o no hacer.
- Por ejemplo, en un contrato de compraventa de un automóvil el objeto es el automóvil que el propietario vendedor debe dar al comprador; en un contrato de prestación de servicios profesionales de consultoría, el objeto del contrato son los servicios que el profesionista realiza o presta al cliente.
Además, la cosa que sea objeto de los contratos debe de existir en la naturaleza, ser determinado o determinable en cuanto a su especie y estar en el comercio. Esto se refiere a que por ejemplo, no puede ser objeto de un contrato de compraventa el aire atmosférico, la luz solar, los bienes del dominio público o de uso común.
- Ahora bien, el hecho que sea objeto de los contratos debe ser posible y lícito.
- Por ejemplo, no puede ser objeto de un contrato en México la transportación de droga o la compraventa ilícita de armas.
- ¿Qué pasa si una persona celebra un contrato en el cual el objeto es una cosa o hecho ilícito o no está en el comercio? Si una persona celebra un contrato cuyo objeto es ilícito o no está en el comercio, el contrato será nulo.
Esto es, el contrato estará afectado de nulidad absoluta, ¿Cuál es la consecuencia de que un contrato carezca de uno o varios de sus elementos esenciales? Si un contrato carece de consentimiento u objeto la consecuencia jurídica será la inexistencia del contrato, toda vez que carece de aquellos elementos para que el contrato nazca a la vida jurídica.
Capacidad legal de las partes contratantes. Ausencia de vicios del consentimiento. Licitud en el objeto, motivo o fin. Consentimiento manifestado en la forma que la ley establece.
¿Cuál es la consecuencia de que un contrato no cuente con uno o varios elementos de validez? Si el contrato carece de uno o varios elementos de validez, el contrato será nulo. ¿Cuándo se perfeccionan los contratos? Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley.
¿Qué es la forma en los contratos? En los contratos civiles las partes contratantes se obligan en la manera y términos que aparezca en el contrato que quisieron obligarse. Sin embargo hay casos en los cuales la ley exige determinadas formalidades, como por ejemplo un contrato de compraventa de un inmueble, deberá otorgarse en instrumento ante fedatario público e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad para que sea válido.
¿Cuáles son los requisitos de forma de los contratos electrónicos? Tratándose de contratos celebrados a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología se tendrán por cumplidos los requisitos de forma cuando la información sea generada o comunicada en forma íntegra a través de esos medios, que sea atribuible a las personas obligadas y accesible para su consulta posterior.
¿A qué se refiere la ratificación de un contrato ante notario público? La ratificación de un contrato ante notario público se refiere a que las partes contratantes en presencia de un notario público confirman el contrato en todo su contenido. El notario da fe de esta ratificación o confirmación del contrato e inserta una leyenda en el contrato en la cual hace constar la ratificación del contrato por las partes ante su presencia,
¿Quiénes pueden celebrar contratos? Pueden celebrar contratos tanto las personas físicas como morales no exceptuadas por la ley. ¿Quiénes son consideradas personas exceptuadas por la ley para celebrar contratos? Existe incapacidad legal expresa para celebrar contratos para los menores de edad no emancipados, en estado de interdicción y los mayores de edad que por causa de enfermedad reversible o irreversible o que por su estado particular de discapacidad ya sea de carácter físico, sensorial, intelectual, emocional, mental o varias de ellas no puedan gobernarse, obligarse o manifestar su voluntad por sí mismo o por algún medio.
- En determinados casos existe incapacidad legal para el tutor, el funcionario judicial, notario, entre otros.
- ¿Un menor de edad puede celebrar contratos en México? Los menores de edad tienen incapacidad natural y legal, sin embargo, podrán actuar y celebrar determinados contratos, por conducto de sus representantes legales en los términos y alcances que dispongan los códigos civiles.
¿Cómo puede celebrar una persona moral un contrato? Una persona moral podrá celebrar contratos por conducto de su representante legal. El representante legal deberá tener poder para celebrar contratos. ¿Puede una persona celebrar un contrato a nombre de otra persona? Una persona puede celebrar un contrato a nombre de otra persona siempre y cuando se encuentre autorizado por esta persona o por la ley.
- ¿Qué pasa si un contrato es celebrado a nombre de una persona por quien no esté autorizado para hacerlo? Si un contrato es celebrado a nombre de otro por quien no es su legítimo representante, el contrato es nulo.
- Sin embargo, la persona a cuyo nombre se celebró el contrato puede ratificarlo antes de que se retracte la otra parte.
Si no se obtiene la ratificación, el otro contratante tendrá derecho de exigir daños y perjuicios a quien contrató indebidamente. ¿Cuál es el contenido de los contratos? No existe una disposición legal expresa que mencione cuáles son las partes de un contrato, los contratantes pueden poner en el contrato las cláusulas que consideren convenientes.
En la práctica un contrato cuenta generalmente con los siguientes apartados: Preámbulo: Es la sección inicial del contrato en el cual se identifica el nombre del contrato, los nombres de las partes contratantes y el carácter que tienen en el contrato que celebran. Declaraciones: Se refiere a las manifestaciones que hacen las partes contratantes en cuanto a sus generales, sus datos de identificación y en caso de actuar a nombre de otra persona los datos de identificación de su representación y de los documentos que avalan dicha representación.
Clausulado: Es el apartado en el cual se redactan las cláusulas que contienen los derechos y obligaciones de las partes, así como las sanciones para el caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas. Cierre: Se refiere a la sección final del contrato en el cual regularmente se señalan el lugar, la fecha en que se celebra el contrato, los nombres y las firmas de las partes contratantes y en su caso los nombres y las firmas de los testigos.
Anexos: Son los documentos que tienen relación con el negocio o acto jurídico que ampara el contrato, con las obligaciones y derechos de las partes, como por ejemplo, la identificación de las partes, la identificación del objeto del contrato, entre otros. ¿Cómo se redactan las cláusulas en los contratos? Los contratantes tienen libertad para redactar las cláusulas de los contratos, entre más clara sea su redacción, mejor.
La ley establece que si hay cláusulas que se refieran a los requisitos esenciales del contrato o sean consecuencia de su naturaleza ordinaria se tendrán por puestas aunque no se expresen. ¿Qué es la cláusula penal en los contratos? La cláusula penal en los contratos es una sanción que establecen las partes como pena para el caso de que la obligación no se cumpla o se cumpla de manera distinta a la convenida.
La cláusula penal puede ir o no en los contratos, las partes lo deciden. Si las partes establecen una cláusula penal en los contratos no podrán reclamarse daños y perjuicios por el incumplimiento de la obligación, la función de esta cláusula es evaluar de forma anticipada los daños y perjuicios que pudieren causarse por el incumplimiento de la obligación contractual.
El código civil dispone que la cláusula penal no puede exceder ni en valor ni en cuantía a la obligación principal. ¿Cómo se interpretan los contratos? Para la interpretación de los contratos se estará a la literalidad de sus cláusulas si los términos del contrato son claros y no dejan lugar a duda sobre la intención de los contratantes.
- En los códigos civiles se establecen las reglas para su interpretación.
- ¿Qué pasa si un contrato no se encuentra específicamente reglamentado en el código civil? Los contratos que no se encuentren específicamente reglamentados en el código civil se regirán por las reglas generales de los contratos, las estipulaciones de las partes y en lo que hayan sido omisas, por las disposiciones de los contratos de naturaleza análoga a los reglamentados en el código civil.
¿Qué es el cumplimiento de los contratos? El cumplimiento o pago es la entrega de la cosa o la cantidad debida, o la prestación del servicio que se hubiere prometido. ¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento de los contratos? En caso de que una de las partes contratantes incumpla con sus obligaciones contractuales faculta a la otra para exigir la ejecución forzosa o la rescisión del contrato, más el pago de una indemnización y el pago de los daños y perjuicios causados.
¿Qué pasa si el incumplimiento del contrato se debió a un caso fortuito? Si el incumplimiento de la obligación se da por caso fortuito entendido este como un acontecimiento de la naturaleza que es inevitable, previsible o imprevisible, las partes únicamente responderán cuando hayan dado causa o contribuido a él, cuando han aceptado expresamente esa responsabilidad o cuando la ley se la impone.
¿Qué significa el principio “pacta sunt servanda”? El principio “pacta sunt servanda” es muy conocido en el campo del derecho civil y es una expresión latina que se refiere a que los contratos deben ser cumplidos, “los contratos se celebran para cumplirse”.
¿Qué es un contrato de promesa? El contrato de promesa es un contrato preparatorio, es decir, a través del mismo puede asumirse contractualmente la obligación de celebrar un contrato futuro. Para que el contrato de promesa sea válido debe constar por escrito, contener los elementos característicos del contrato definitivo y limitarse a cierto tiempo.
Un ejemplo es el contrato de promesa de compraventa en el cual el comprador promete y se compromete a celebrar el contrato de compraventa con las formalidades que dispone la ley para tal efecto en un tiempo determinado. ¿Qué es un contrato de compraventa? El contrato de compraventa es aquel por el cual uno de los contratantes (el vendedor) se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho y el otro contratante (el comprador) se obliga a pagar por la cosa o el derecho un precio cierto y en dinero.
- ¿Qué es un contrato de permuta? El contrato de permuta es aquel por el cual cada uno de los contratantes (permutantes) se obliga a dar (intercambiar) una cosa por otra.
- ¿Qué es un contrato de donación? El contrato de donación es aquel por el cual una persona (donante) transfiere a otra (donatario), gratuitamente una parte o la totalidad de sus bienes.
La donación puede ser onerosa cuando se hace imponiendo algunos gravámenes. ¿Qué es un contrato de arrendamiento? El contrato de arrendamiento es aquel por el cual una de las partes (arrendador) se obliga a conceder el uso o goce temporal de una cosa a la otra parte (arrendatario) quien se obliga a pagar por ese uso o goce de la cosa un precio cierto.
¿Qué es un contrato de comodato? El contrato de comodato es aquel por el cual uno de los contratantes (comodante) se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible por un tiempo determinado, y el otro contratante (comodatario) contrae la obligación de restituir la cosa individualmente al concluir el tiempo determinado.
¿Qué es un contrato de depósito? El contrato de depósito es aquel por el cual una de las partes contratantes (depositario), se obliga a recibir de la otra parte (depositante) una cosa mueble o inmueble, a guardarla y restituirla cuando la pida el depositante.
¿Qué es un contrato de prestación de servicios profesionales? El contrato de servicios profesionales es aquel por el cual una de las partes contratantes (prestador) se obliga a prestar servicios profesionales a la otra parte (prestatario) y esta se obliga a su vez a pagar una retribución (honorarios).
¿Qué es una asociación civil? El contrato de asociación civil es aquel por el cual varias personas (asociados) convienen en reunirse de manera que no sea enteramente transitoria para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico.
- El contrato de asociación civil debe constar por escrito.
- ¿Qué es la sociedad civil? La sociedad civil es el contrato por el cual las partes (socios) se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común de carácter preponderantemente económico pero que no constituye una especulación comercial.
El contrato de sociedad civil debe constar por escrito, se hará constar en escritura pública cuando alguno de los socios transfiera a la sociedad bienes cuya enajenación deba hacerse en escritura pública. ¿Qué es un contrato de renta vitalicia? El contrato de renta vitalicia es aquel por el cual el deudor se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida de una o más personas determinadas, mediante la entrega de una cantidad de dinero o de una cosa mueble o raíz estimadas, cuyo dominio se le transfiere.
- El contrato de renta vitalicia también puede constituirse a título gratuito ya sea por donación o testamento.
- Debe hacerse por escrito, en escritura pública, cuando los bienes cuya propiedad se transfiere deban enajenarse con esa solemnidad.
- ¿Qué es un contrato de compraventa de esperanza? El contrato de compraventa de esperanza es aquel por el cual una persona (el comprador) tiene derecho a adquirir por una cantidad determinada, los frutos que una cosa produzca o los productos inciertos de un hecho en el tiempo fijado, tomando para sí el riesgo de que esos frutos no lleguen a existir.
La otra parte (el vendedor) tiene derecho al precio aunque no lleguen a existir los frutos o productos comprados. ¿Que es un contrato de hospedaje? El contrato de hospedaje es aquel por el cual una persona (hospedante) presta a otra albergue comprendiendo o no, según se estipule, los alimentos y demás gastos que se originen y la otra persona (huésped) se obliga a pagar una retribución.
¿Qué es el contrato de fianza? El contrato de fianza es aquel por el cual una persona (fiador) se compromete con el acreedor a pagar por el deudor, si éste no lo hace. ¿Qué es el contrato de prenda? El contrato de prenda es aquel por el cual una persona (acreedor prendario) recibe real o jurídicamente de otra persona (deudor prendario) un bien mueble en garantía del pago de un crédito.
El acreedor prendario adquiere la posesión prendaria del bien, la facultad de retener la cosa hasta en tanto el crédito sea pagado por el deudor. ¿Qué es el contrato de hipoteca? El contrato de hipoteca es aquel por medio del cual una persona (deudor) garantiza el pago de un crédito a otra (acreedor), mediante la garantía real de bienes (generalmente inmuebles) que no se entregan al acreedor, y que da derecho a este en caso de incumplimiento de pago, a ser pagado con el valor de los bienes en el grado de preferencia establecido en la ley.
- ¿Qué es la novación de un contrato? Hay novación de contrato cuando las partes en él interesadas lo alteran de forma sustancial, sustituyendo con una obligación nueva la antigua.
- La novación es un contrato nunca se presume y debe constar expresamente.
- ¿Qué es el contrato de transacción? El contrato de transacción es aquel por el cual las partes haciéndose concesiones recíprocas, terminan una controversia presente o previenen una futura.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de contratos civiles son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.
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¿Qué es una cláusula obligatoria?
Cláusulas obligatorias en el contrato laboral La identidad de las partes del contrato de trabajo. La fecha de comienzo de la relación laboral entre el trabajador y la empresa. Si dicha relación no es indefinida sino de carácter temporal hay que indicar la duración previsible de la misma.
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¿Qué son las cláusulas obligatorias?
Advertencia – Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada. Tipo de regulación: Resolución Norma mediante la cual la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros establece las clausulas obligatorias y prohibidas en un contrato de seguro, así como especificaciones sobre la suscripción de la póliza.
Cláusulas obligatorias.Son cláusulas obligatorias y se entienden incorporadas en todo contrato de seguro las siguientes: 1.1 Aquella por la cual se señala el día y la hora de inicio y fin de la vigencia.1.2 En los contratos en los que la compañía confiera financiamiento para el pago de la prima.1.3 Una por la cual se indique que: 1.3.1.
El infraseguro es aplicable solo en casos de pérdidas parciales, dependiendo de la modalidad de contratación con respecto a la suma asegurada y no es aplicable en casos de destrucción o pérdida total del bien asegurado, en los cuales la indemnización no podrá superar el monto asegurado.1.3.2 La alegación de supraseguro por parte del asegurador lleva intrínseco el reconocimiento de devolver la parte de la prima cobrada en exceso.1.3.3 En el seguro de daños, la responsabilidad del asegurado será siempre valorada conforme al derecho civil.1.3.4.
El asegurado o beneficiario podrá siempre justificar, por fuerza mayor o caso fortuito, su imposibilidad en dar aviso oportuno del siniestro, con el fin de no perder su derecho a reclamar la indemnización. En ningún caso el aviso de ocurrencia del siniestro podrá exceder al tiempo señalado en el artículo 26 del título XVII del libro I Código de Comercio.1.3.5 En los seguros de responsabilidad civil, cuando la póliza exija sentencia ejecutoriada para el reconocimiento del pago de la indemnización, la prescripción empezará a correr a partir de la ejecutoria.1.3.6.
La aseguradora asume responsabilidad ante el asegurado o beneficiario por los servicios complementarios prestados durante la ejecución del contrato de seguro.1.4. La obligatoriedad a las aseguradoras de utilizar transferencias o medios de pago electrónicos a efectos de llevar a cabo reembolsos y pagos de siniestros a los asegurados.
Cláusulas prohibidas.Salvo que se indique otro efecto, se tendrán por no escritas y por tanto carecerán de valor y no harán fe en instancia alguna, las siguientes cláusulas en toda póliza: 2.1 Las que contengan redacción ambigua, contradictoria o carente de claridad, las cuales se interpretarán siempre en beneficio del asegurado o beneficiario; 2.2 Las que coloquen al asegurado o beneficiario en desventaja frente a la empresa de seguros o sean incompatibles con la buena fe o la equidad; 2.3 Aquellas mediante las cuales los asegurados o beneficiarios renuncien a la jurisdicción o leyes aplicables que los favorezcan.2.4 Las que establezcan plazos para la extinción de derechos que no se adecuen a la normatividad vigente, salvo en cuanto sean favorables al asegurado o al beneficiario.2.5 Las que prohíban o restrinjan el derecho del asegurado a presentar un reclamo administrativo, o a someter la controversia a la vía judicial, sin perjuicio de su facultad de acordar con el asegurador, una vez producido el siniestro, el sometimiento del conflicto al arbitraje u otro medio de solución de controversias.2.6 Las que limitan los medios de prueba que puede utilizar el asegurado, o que pretendan invertir la carga de la prueba en su perjuicio.2.7 Las que establecen la caducidad o pérdida de derechos del asegurado en caso de incumplimiento de cargas difíciles o imposibles de ser ejecutadas, o que no guarden consistencia o proporcionalidad con la gravedad del siniestro, tales como: 2.7.1 La presentación de documentos para fundamentar el reclamo que no guarden relación con la naturaleza del contrato o con las circunstancias del siniestro; o, 2.7.2 En los seguros de daños, aquellas que exijan al asegurado o a quien actúe por su cuenta-a permanecer junto al objeto asegurado una vez producido el siniestro, so pena de perder su derecho a indemnización, aun a pesar de fuerza mayor, o de poner el riesgo su integridad física, su seguridad personal o su salud, o las de las personas a cuyo cargo se encuentra; o, 2.7.3 Aquellas que impidan, una vez inspeccionado el bien siniestrado por la aseguradora, que el asegurado proceda con la reparación, castigándolo con la pérdida o reducción de la indemnización, cuando la aseguradora tarde injustificadamente en autorizar la reparación o indemnización.
Corresponde al asegurado justificar la imposibilidad o dificultad excesiva de cumplir con tales cláusulas.2.8 Las que imponen la pérdida de derechos del asegurado por la sola violación de leyes, normas o reglamentos, a menos que haya incurrido en culpa grave, y que su acción u omisión antijurídica y culposa guarde causalidad con el siniestro.2.9 En los seguros de daños o en los patrimoniales, las cláusulas que, a pesar de constatarse que existió interés económico asegurable al momento del siniestro, excluyen de cobertura por no haberse cumplido con solemnidades legales o contractuales necesarias para constituir el derecho relativo al interés asegurable.
Previo al pago de la indemnización, no obstante, el asegurado o beneficiario deberá cumplir con aquellas solemnidades, a menos que exista imposibilidad física o jurídica.2.10 En los seguros de daños, las que estipulen la pérdida o reducción de la indemnización por el hecho de que el asegurado haya alcanzado acuerdos con otras partes partícipes del hecho dañoso, salvo en lo relativo a la responsabilidad civil en cuyo caso se estará a lo preceptuado en el artículo 52 del título XVII del libro I del Código de Comercio.2.11 Las que señalen la obligatoriedad de celebrar relaciones contractuales con determinadas entidades del sistema financiero a efectos de que se realicen los reembolsos y pagos por siniestros en atención al contrato.
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¿Qué es una cláusula abusiva ejemplo?
¿Qué es una claúsula abusiva en un contrato? La cláusula abusiva supone un daño para un consumidor y cuenta con una legislación que lo protege. Los artículos 82 y siguientes de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece el concepto de cláusula abusiva y ofrece un listado de supuestos que se consideran abusivos.
Las empresas se cuidan mucho de incluir en sus contratos la cláusula en la que se eximen de responsabilidad. El consumidor debe saber que puede estar ante una práctica abusiva, y aunque firme el contrato y la cláusula, tiene derecho a reclamar. Se consideran abusivas las cláusulas que impongan al consumidor algunos gastos de documentación y tramitación, como por ejemplo la estipulación por parte del promotor de que el comprador de un inmueble cargue con los gastos de preparación de la titulación (obra nueva, propiedad horizontal, hipotecas para financiar su construcción o división y cancelación).
O las cláusulas de obligatoriedad de permanencia en el caso de telefonía. Existen cláusulas, insertas también en contratos no negociables, que imponen al consumidor no dar de baja el servicio durante un determinado período de tiempo, con la imposición de una penalización o sanción.
Pues bien, siempre que el consumidor mantenga la buena fe y no aproveche dichas ofertas en perjuicio de la empresa prestadora del servicio, más todavía cuando se esté descontento con el servicio o se considere que no se ha prestado de forma correcta, no será necesario cumplir fielmente los plazos de permanencia.
: ¿Qué es una claúsula abusiva en un contrato?
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¿Qué pasa si un contrato tiene una cláusula abusiva?
¿Qué efectos tienen las cláusulas abusivas? – A tenor del siguiente precepto legal, si se hubieran pactado cláusulas abusivas, el contenido de las mismas, será nulo de pleno derecho.2. Serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas las cláusulas, condiciones y estipulaciones en las que se aprecie el carácter abusivo.
- La parte del contrato afectada por la nulidad se integrará con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1258 del Código Civil.
- A estos efectos, el Juez que declara la nulidad de dichas cláusulas integrará el contrato y dispondrá de facultades moderadoras respecto de los derechos y obligaciones de las partes, cuando subsista el contrato, y de las consecuencias de su ineficacia en caso de perjuicio apreciable para el consumidor o usuario.
Sólo cuando las cláusulas subsistentes determinen una situación no equitativa en la posición de las partes que no pueda ser subsanada podrá declarar la ineficacia del contrato. Artículo 10 bis.2 de la Ley 7/1998
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¿Cómo identificar una cláusula abusiva?
EMPEZAMOS COMPARANDO CLÁUSULAS – Hemos repetido muchas veces desde la sentencia del caso Aziz, que el Tribunal de Luxemburgo, en cuanto a la interpretación del art.3 Directiva 93/13/CEE, ha fijado unos criterios obligatorios que las autoridades nacionales tienen que tener en cuenta para apreciar el carácter abusivo de una condición general.
- Vamos a ver esos criterios reunidos, para suponiendo nuestro conocimiento del Derecho nacional, saber con facilidad cuándo una cláusula no negociada individualmente es abusiva,
- Para esa tarea, debemos coger la condición general sospechosa de ser abusiva y compararla, criterio a criterio, con la cláusula no negociada individualmente que hipotéticamente resulta de la aplicación del criterio correspondiente, para saber si la cláusula es conforme o no al mismo.
Cuando la discordancia entre la cláusula hipotética y la realmente existente deje ver que ésta es más gravosa para la persona consumidora sólo nos quedará valorar, para saber si la condición general es abusiva, si ese perjuicio para la persona consumidora entraña un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.
Antes de nada, recordemos que según el art.3.1 Directiva las cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente se considerarán abusivas si, pese a las exigencias de la buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.
Junto a ese precepto, tendremos a mano el Derecho nacional, en particular el art.82.1 TRLGDCU : « Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.» Junto a él añadiremos, junto al resto del ordenamiento, el art.83.1 TRLGDCU: Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas.
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¿Qué son cláusulas prohibidas?
Se entiende por cláusulas abusivas en los contratos aquellas estipulaciones que dejan al usuario o consumidor en desventaja o desigualdad frente a los productos o servicios ofrecidos por los proveedores. Así por ejemplo, limitar el derecho que tienen los usuarios o consumidores.
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¿Qué es la cláusula de venta?
Modalidad de compraventa en la que el vendedor que formula la oferta se reserva el derecho de vender la misma cosa a otra persona, si bien no podrá negarse a cumplir con su oferta de venta si no demuestra que ya ha vendido la cosa a dicha persona.
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¿Cuántos tipos de cláusulas hay en inglés?
Las cláusulas independientes y dependientes son dos tipos de cláusulas en el idioma inglés.
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¿Cuáles son las cláusulas naturales?
Cláusulas naturales : Son las cláusulas que pueden ser suplidas o complementadas por la ley. La ley considera implícitas en los contratos una serie de cláusulas derivadas de las normas que se aplican supletoriamente al contrato por que dependen de su tipo o naturaleza (saneamiento y evicción).
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¿Qué es una cláusula y su clasificación según su uso?
Las cláusulas dependientes o subordinadas pueden ser clasificadas por su tipo estructural o por su función. De acuerdo con el primer criterio, pueden ser finitas, no finitas y ‘verbless’. Según el segundo, se distinguen de sujeto, de OD, de Complemento del sujeto, de 01, de Adjunto, de Disjunto y de Conjunto.
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¿Qué son las cláusulas esenciales naturales y accidentales?
CONTRATOS Y LAS CAUSALES DE NULIDAD. – CONTRATO : Es el acuerdo de dos o más partes para constituir, regular o extinguir entre ellas una relación jurídica patrimonial, y, salvo estipulación en contrario, se entenderá celebrado en el lugar de residencia del proponente y en el momento en que éste reciba su aceptación de la propuesta.
(Art.864 C). REQUISITOS DE VALIDEZ: a) Consentimiento: Es el acuerdo o concurso de voluntades individuales de las partes que celebran un acto jurídico. b) Causa Lícita: La causa es el fin inmediato perseguido por las partes, éste debe ser lícito es decir que no contravenga una ley o las buenas costumbres.
c) Objeto lícito: El objeto jurídico se identifica con el contenido jurídico específico de los actos. d) Capacidad: Es la facultad de adquirir derechos y contraer obligaciones. CLÁUSULAS ESENCIALES: Son aquellas las cuales el contrato no produce ningún efecto o degenera en otro diferente.
- Ejemplo: El precio en la compraventa.
- CLÁUSULAS NATURALES DE LOS CONTRATOS : Las que se entienden pertenecer al contrato sin necesidad de que las partes lo expresen.
- Ejemplo: Saneamiento por evicción en la compraventa.
- CLÁUSULAS ACCIDENTALES DE LOS CONTRATOS: Aquellas que no siendo esenciales ni naturales las partes agregan al contrato.
Ejemplo: Incluir en el contrato la cláusula compromisaria. CAUSALES DE NULIDAD: Es nulo todo acto o contrato al que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato según su especie y la calidad o estado de las partes.
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